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Dirigentes sociales conocen Ley 20.500

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Representantes de organizaciones sociales de la Región de Coquimbo se reunieron  con el Seremi de Gobierno, Iván Espinoza, para revisar el reglamento que regula el catastro de organizaciones de interés público y el funcionamiento del Fondo de  Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, que contempla la ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.

 Espinoza explicó que el documento que será perfeccionado con las propuestas de los propios dirigentes será entregado al Presidente Sebastián Piñera para su firma y la de los ministros de Hacienda y Desarrollo Social, además del ministro Secretario General de Gobierno.

 “Con esta acción se cierra el ciclo de la inclusión ciudadana en la gestión pública y la aplicación de la Ley 20.500. Esto va a cambiar significativamente  la participación de la comunidad, en esta ocasión discutimos una propuesta de reglamento que se tiene que aprobar y consensuar con la sociedad civil y que tiene relación con el catastro de organizaciones de interés público, con la constitución del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales del Fondo de Fortalecimiento dela Sociedad Civil. Aquí hubo análisis, opinión y sugerencias que fueron formuladas por los propios dirigentes”.

 Ley 20.500

 Desde su promulgación, la ley es parte fundamental de la gestión pública toda vez que la participación ciudadana debe ser considerada como un principio de la administración del Estado.

 En materia de Asociación, la ley señala que los órganos de la administración del Estado garantizarán la autonomía de las asociaciones, contemplando su fomento y garantizando criterios objetivos y de transparencia para la asignación de recursos. Además, las asociaciones podrán constituir uniones o federaciones, cumpliendo los requisitos que dispongan sus estatutos y aquellos que la ley exige.

En el ámbito del Fortalecimiento, esta ley regula el Fondo dela Sociedad Civil, asegurando con ello su ejecución cada año, independiente del Gobierno de turno. Fija criterios en la asignación de recursos, en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente, u otras de bien común, en especial las que recurran al voluntariado.